miércoles, 8 de mayo de 2019

RINCON DEL CONSUMIDOR.

TELECOMUNICACIONES.
MAYO 2019



Recomendaciones

- Informarnos sobre las condiciones que ofrece el  operador. Para ello podemos acudir a su web comprobando las condiciones generales de contratación (prestaciones, tarifas, posibles indemnizaciones, plazos de contratación y/o de permanencia, derecho de desistimiento...); también podemos pedir que nos las remitan por escrito y sin afrontar gasto alguno por su recepción; y, si te pones en contacto con la operadora a través del teléfono de atención al cliente, este tendrá el coste máximo del precio ordinario del servicio de telecomunicaciones sin recargo.
- Comparar antes de contratar. Existe un amplio número de operadores en el mercado. Además del precio, debes tener en cuenta otros factores también importantes como los servicios de mantenimiento, la calidad que se ofrece, los períodos de permanencia o el procedimiento para darse de baja.
- Debes guardar toda la publicidad. La publicidad es vinculante, es decir, que puedes exigir a la compañía operadora aquellas ofertas que publicite. Debes tener en cuenta también el plazo de estas ofertas.
La adhesión del operador al Sistema Arbitral de Consumo, dependiente de la Administración, es siempre un valor añadido y un distintivo de confianza. Este sistema nos ofrece de forma gratuita y rápida un procedimiento para resolver posibles discrepancias o conflictos que hayan surgido en la prestación del servicio. Ten en cuenta que existen sistemas arbitrales privados que no ofrecen las mismas garantías y condiciones que el Sistema Arbitral de Consumo.
- Ten cuidado con el slamming (cambio de compañía sin autorización del cliente). Si no deseamos contratar un servicio que nos ofrecen a través de una llamada telefónica, por correo o personalmente, no debemos facilitar ningún dato personal.
- Debes asegurarte de que existe la cobertura que deseas en la zona dónde vas a contratar. Si bien todo usuario tendrá derecho, al menos, a telefonía fija y a conexión a Internet de banda ancha a una velocidad en sentido descendente de 1Mbit (Servicio Universal), en telefonía móvil la cobertura universal no es obligatoria.
   
-La portabilidad deberá ejecutarse en un plazo máximo de un día hábil desde que nuestro nuevo operador solicite la baja y la cesión del número. No obstante,  el alta suele demorarse ya que nuestro nuevo operador no lo solicita de forma inmediata o el operador de origen pone problemas en la cesión del número.
- El alta deberá producirse en el plazo máximo que la propia operadora indique en su publicidad o en la información facilitada. No obstante, el Servicio Universal no podrá demorarse más de dos meses desde la solicitud del servicio. Por lo tanto, cuando contratemos debemos preguntar por ese plazo y exigir que conste en el contrato, ya que es el único al que se encuentra obligado el operador.
- Si compramos un teléfono a través de nuestro operador es él el que responde de los defectos del teléfono durante un plazo de dos años. Conserva la factura de compra: es tu garantía.
- Debemos revisar nuestras facturas ya que en algunas ocasiones los operadores incluyen en ellas notificaciones obligatorias que deben comunicar a sus abonados y que afectan al servicio contratado como, por ejemplo,  variaciones del precio o cambios en las condiciones de prestación del servicio.


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