Dado el carácter relevante de esta
información, se remite información del Poder Judicial (http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-juez-acuerda-suspender-las-reclamaciones-de-las-entidades-de-credito-a-los-perjudicados-de-iDental ), en relación con el Auto
emitido el pasado día 5 de febrero por el Juzgado Central de Instrucción nº 5
de la Audiencia Nacional, en el que acuerda suspender las
reclamaciones de las entidades de crédito a los perjudicados de iDental.
El acuerdo, en su parte
dispositiva, señala:
1.- Adoptar como medida
cautelar la suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales que se
hayan formulado por las entidades financieras que hayan suscrito contratos de
crédito vinculados a los tratamiento odontológicos firmados con las clínicas
del Grupo IDENTAL, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan
celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores
o perjudicados.
2.- Requerir a las
entidades financieras SABADELL CONSUMER FINANCE SAU, BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL
SA; EVO FINANCE; SANTANDER CONSUMER FINANCE; BANCO CETELEM SAU; BANCO
PICHINCHA; UNO-E-BANK SA; BBVA CONSUMER FINANCE; FINANMADRID SAU PEPPER EFC;
MONTJUIC EFC SA, y otras que hayan suscrito tales contratos de crédito, a fin
de que cesen en las reclamaciones descritas, así como a abstenerse de incluir
en ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado
en el pago de los créditos contratados y procedan a retirar de los registros
citados a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los
créditos.
Vista la existencia, todavía,
de cientos de procedimientos y denuncias que están en fase de registro e
incoación judicial, se dará a esta resolución la mayor difusión posible en
medios de comunicación
social”
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