por | Ene 7, 2022 | ACTUALIDAD, ASOCIACIONES, COMERCIOS, CONSEJOS Y UTILIDADES, CONSUMO, ECONOMIA, EVENTOS, MEDIO AMBIENTE, PROYECTOS, TECNOLOGÍA | 0 Comentarios
La empresa Tameco Energía, SLU (en adelante Tameco y anteriormente denominada Vita Energía, SLU), con CIF B87205977, se encuentra inscrita en el listado de comercializadores de gas natural publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia conforme a lo dispuesto en el artículo 80.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con fecha de inicio de actividad de 1 de noviembre de 2015.
El 30 de noviembre de 2021, Enagás GTS, SAU (en adelante GTS) comunicó a la Dirección General de Política Energética y Minas la remisión de escrito a Tameco, de fecha 26 de noviembre, en el que ponía de manifiesto los siguientes Hechos Con fecha 21 de noviembre de 2021 Tameco fue informada a través de la plataforma SL-ATR, de su suspensión en las carteras de balance del tanque virtual de balance (TVB), punto virtual de balance (PVB) y almacén virtual de balance (AVB), por el GTS al no disponer de las garantías para desbalances requeridas para cubrir el nivel del de riesgo correspondiente al día de gas 20 de noviembre de 2021, por importe de 134.200,56 euros, al amparo de lo establecido en la cláusula 15.1.a del Contrato Marco aprobado por la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el procedimiento de habilitación y baja de la cartera de balance de los usuarios del sistema gasista en el tanque virtual de balance, el punto virtual de balance y el almacenamiento virtual de balance; y el contrato marco de cartera de balance .
El grupo Naturgy también ha presentado escrito de alegaciones, en el que señala la necesidad de agilizar los procedimientos en estos casos y considera se deben adoptar nuevas medidas regulatorias que eviten la repetición de estos comportamientos y permitan el cobro de las deudas .
Ante el problema se acuerda traspasar los clientes de Tamaco Energía a otras comercializadoras de último recurso para proteger a los posibles dagnificados.
Federación Aragonesa Consumidores y Usuarios. FACU
https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/18/pdfs/BOE-A-2021-20903.pdf
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