jueves, 3 de marzo de 2022

MAPFRE CONDENADO A PAGAR 3,8 MILLONES DE EUROS……

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El Tribunal Supremo ha condenado a Mapfre a pagar 3,8 millones de euros a 40 familiares víctimas del accidente de Spanair. Es la mayor compensación a la que se ha condenado a la aseguradora hasta el momento y por lo tanto ya marca un precedente.

Esta sanción se debe a que el TS ha estimado que los cálculos de las compensaciones a 40 familias no estaban acordes a la ley.

Mapfre pretendía ampararse al Convenio de Montreal, que prevé la obligación de ofrecer la indemnización en los seis meses posteriores al accidente o “antes de que se inicie el juicio” , si la segunda fecha es posterior. Sin embargo, el Supremo precisa que los reglamentos comunitarios que se desgajan de ese convenio no son de aplicación para estos casos, en los que un perjudicado ejerce una acción directa contra las compañías aseguradoras y no contra el transportista.

El fallo declara a Mapfre responsable civil de los daños y perjuicios causados por el accidente, ya que, en ese momento, era la aseguradora de la compañía en aquel momento. Además, recoge que «sin perjuicio de otras posibles con causas, el accidente se produjo como consecuencia de la inadecuada configuración de la aeronave para realizar esa maniobra, imputable al piloto y copiloto de la misma«.

No es la primera vez que la Justicia condena a la aseguradora por el accidente que se cobró la vida de 154 personas y resultaron heridas 18 aquel 20 de agosto de 2008. El Tribunal Supremo desestimaba en septiembre 2019 un recurso por el que la compañía pretendía quedar exonerada del pago de los intereses de retraso que le habían impuesto por no haber abonado ese dinero a los demandantes, parientes de seis de los fallecidos, en los plazos legalmente fijados.

Los familiares pedían también el planteamiento de una cuestión prejudicial por el Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya que consideran ambiguo el régimen indemnizatorio de los daños corporales producidos en accidentes aéreos. Sin embargo, el fallo estima que esta cuestión no debe plantearse a Europa porque ya ha sido resuelta suficientemente por la justicia española.

Esto es algo que se viene arrastrando desde hace muchos años y que la Justicia da la razón a los afectados, algunos casos vienen de lejos y desde hace más de veinte años.

Federación Aragonesa Consumidores  y Usuarios. FACU

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