LA NUEVA LEY DE RESIDUOS PERMITE AL USUARIO LLEVAR SUS
PROPIOS RECIPIENTES O BOLSAS PARA LOS PRODUCTOS A GRANEL, FRUTAS, VERDURAS...
El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de diciembre el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, que supone una revisión integral de la normativa española en esta materia y que va acorde a la línea de los objetivos de la Unión Europea para la reducción y el reciclado de envases en 2025 y 2030.
15 Abril 2023
Una de las novedades, que nos afecta directamente como consumidores y que puede ayudarnos a aportar nuestro granito de arena, es la posibilidad de llevarnos al supermercado cuando vayamos a hacer la compra nuestros propios recipientes reutilizables2, para portar en ellos frutas, verduras, fiambres, carnes y pescados vendidos al corte o a granel. En este sentido, los comercios de alimentación que vendan alimentos y bebidas a granel deben aceptar los recipientes reutilizables que lleve el consumidor, que deben presentar unas condiciones de limpieza e higiene y que pueden ser rechazados por el comerciante si aprecia que están «manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores».
Una de las novedades, que nos afecta directamente como consumidores y que puede ayudarnos a aportar nuestro granito de arena, es la posibilidad de llevarnos al supermercado cuando vayamos a hacer la compra nuestros propios recipientes reutilizables2, para portar en ellos frutas, verduras, fiambres, carnes y pescados vendidos al corte o a granel. En este sentido, los comercios de alimentación que vendan alimentos y bebidas a granel deben aceptar los recipientes reutilizables que lleve el consumidor, que deben presentar unas condiciones de limpieza e higiene y que pueden ser rechazados por el comerciante si aprecia que están «manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores».
De esta forma, el consumidor puede, desde el pasado 1 de enero, llevar sus propios recipientes al supermercado para las compras que realice. Esta medida se suma a otras ya aprobadas que tienen como objetivo la reducción de los plásticos para el cuidado del medioambiente, como la obligación de los establecimientos de hostelería de ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse en un táper las sobras de lo que hayan pedido.
Así mismo, la normativa establece que los comercios minoristas de alimentación deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la venta a granel de frutas y verduras enteras (excepto en aquellos casos en los que se presenten envasadas en lotes de 1,5 kg o más o aquellas con indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica) y destinar un 20% de su espacio a la venta de productos sin embalaje primario, venta a granel o envases reutilizables.
Objetivo: reducir plásticos
Entre las novedades que incorpora este RD se introducen la aplicación de la Directiva de la UE sobre los envases de plástico de un único uso y la recogida separada de botellas de plástico de un solo uso, que se recogen en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, aprobada también el pasado año. El objetivo de estas normativas no es otro que fomentar la Economía Circular un modelo de producción y consumo que, tal y como establece la Unión Europea, “implica compartir, alquilar, reutilizar, reparar, renovar y reciclar materiales y productos existentes todas las veces que sea posible para crear un valor añadido”.
FACU / AVACU / CECU
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