Asunto :Solicitud determinados pronunciamientos en relación con negocios de inversión celebrados por dos demandantes por un total de 5.020.000 euros.
La sentencia declara la falta de legitimación ad causam
de la asociación al no tratarse de productos o servicios destinados a consumidores
y, por tanto, de uso común, ordinario y generalizado,
citando como antecedente un caso similar, sentencia núm. 656/2018,
de 21 de noviembre,: “la legitimación extraordinaria de las asociaciones de
consumidores y usuarios: alcanza en todo caso al ejercicio de las acciones
surgidas al amparo de la normativa protectora de consumidores y usuarios:
esencialmente Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, y también
otras normas que contemplan expresamente la protección del consumidor. Además (...),
el Tribunal Constitucional ha interpretado que esta legitimación se extiende a
otros casos en que las asociaciones de consumidores actúan en defensa de los
intereses particulares de alguno de sus asociados, intereses como consumidores
y usuarios que guardan relación directa con productos o servicios de uso común,
ordinario y generalizado." La sentencia desestima la demanda y condena en
costas al demandante.
Federación Aragonesa Consumidores y Usuarios.
FACU
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