martes, 22 de diciembre de 2020

INFORMACION "VIAJE COMBINADO"

Número 3                                                            

CONSIDERACIONES:  


Desde el lado de los consumidores, al tener concertado un contrato de viajes debe, antes de nada, comprobarse las condiciones generales que vienen reflejadas por escrito en sus correspondientes contratos. Al ser un viaje combinado se establecen un conjunto de derechos y obligaciones de las partes; de un lado, las del prestador del servicio y sus ofertas y programas (ANCAR), del otro, de los derechos y obligaciones de las personas que en este caso van a viajar. Por ello, hay que tener en cuenta que, en derecho de consumo, siempre se pondera que la parte consumidora es la más débil del contrato y los juzgados de España vienen aplicando el principio “a favor del consumidor”.

     El estado de alarma se decretó por el Gobierno de la Nación en todo el territorio nacional. Es de tener en cuenta que, a consecuencia de la adopción del plan de contingencia contra el coronavirus, los transportes aéreos, marítimos, terrestres y ferroviarios se han visto drásticamente reducidos. Además, las decisiones de la UE, la OMS y los gobiernos del resto de países han ocasionado restricciones a los viajeros procedentes de España. “Todo esto ha obligado a tener que cancelar aquellos viajes que no fueran absolutamente necesarios”.

      Así, esta situación ha cambiado radicalmente el escenario contractual que teníamos. “La emergencia sanitaria mundial es una causa de fuerza mayor, situación que, aunque imprevisible e inevitable, suspende la exigibilidad de obligación de pago.

      Cuando se produce una alteración extraordinaria e imprevisible como la que estamos viviendo, el cumplimiento del contrato de viajes vulnera el principio de buena fe contractual y de reciprocidad de intereses de las partes que intervienen en él. Es decir, si el viajero tiene contratado el viaje y este puede convertirse en tan perjudicial para él que no puede realizarlo en la fecha, esto es contrario a las reglas generales de contratación.

 

DEVOLUCIONES: En los viajes combinados, el derecho de reembolso esta regulado por el art. 160 del R.D.L. 23/2018. En él se establece que cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar del destino o en las indemnizaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado, o bien afectase a los transportes de viajeros al lugar del destino, el viajero tendrá derecho a la cancelación o a resolver el contrato antes del inicio de este sin pagar ninguna penalización. El viajero tendrá derecho de reembolso completo, pero no a una compensación adicional. La Constitución Española 1978 también protege los intereses económicos y sociales de los consumidores.

 

DESACUERDO: En caso de no llegar a un acuerdo con la empresa organizadora del viaje, habiendo agotado las gestiones previas, para lograr alcanzar un acuerdo extrajudicial, puede reclamarse a través de las oficinas municipales de información al consumidor, OMIC, que cuentan con servicios de atención jurídica al alcance de los ciudadanos. En Zaragoza, la OMIC se encuentra localizada en el Ayuntamiento de la ciudad, Plaza Pilar, planta baja. Asimismo, se encuentra la Junta Local de Arbitraje de Zaragoza. ubicada en la mencionada Casa Consistorial que atiende laudos en materia de consumo.

      A nivel regional, los servicios aludidos corresponden a la Dirección General de Protección de dos derechos de los consumidores y Usuarios de la Diputación General de Aragón, situada en la Plaza de la Convivencia, en edificio situado junto a las esquinas del Psiquiátrico en el barrio Las Delicias, contando con los mismos servicios que el Ayuntamiento, pero con carácter que abarca a toda Aragón y cuenta con servicios específicos de información, reclamación, inspección, así como de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón.

     En caso de no llegar a un arreglo con la agencia organizadora podrían iniciar la correspondiente reclamación por vía judicial.

 

                                                          10 de mayo de 2020.




 




HORNO DEFECTUOSO

FACU. FEDERACION ARAGONESA CONSUMIDORES Y USUARIOS 

 Garantía de los electrodomésticos.

Contestación


 

En el caso de un electrodoméstico nuevo la garantía que establece la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios es de dos años desde la fecha del tique o factura o el albarán de entrega si es posterior. En algunos casos la empresa vendedora puede ampliar, si así lo decide, el plazo de garantía, en estos supuestos se habla de garantía comercial. Esta garantía no podrá sustituir ni reducir la garantía legal.  
 
Si durante los 6 primeros meses sale a la luz un defecto en el electrodoméstico, se presume que es un defecto de origen o de fábrica y si aparece posteriormente te podrán pedir que pruebes que se trata de un defecto de fábrica. 
 
La empresa vendedora es la que deberá responder de la garantía, salvo que sea muy complicado porque se encuentre en otro país o el negocio haya cerrado, en cuyo caso podrás dirigirte a la empresa que fabricó el producto. 
 
En el caso en que quieras reclamar la garantía debes saber que puedes optar entre la reparación o la sustitución, salvo que sean imposibles o desproporcionadas.
 
La garantía a derecho a varias opciones:
  
o Reparación del producto. 
o Sustitución del producto por otro nuevo. 
o Reducción en el precio de compra.  
 
• Resolver el contrato de compra.  

La reparación y la sustitución deben ser totalmente gratuitas para ti como consumidor. 

En el caso en que compres un electrodoméstico, se estropee, lo arreglen y se vuelva a estropear al poco tiempo, debes saber que existe una garantía relativa a las reparaciones que supone que no te podrán cobrar la reparación, los gastos de desplazamiento, la mano de obra o las piezas que hayan sustituido. 
 
Las reparaciones tienen una garantía de 6 meses durante el periodo de garantía legal y de 3 meses el resto del tiempo, aunque dependerá de cada comunidad autónoma.  

¿Cómo reclamar la garantía? 

Lo más importante es que cuando compres solicites todos los documentos necesarios para hacer valer la garantía en el caso en que sea necesario. Para ello deberás reclamar la factura de compra, el ticket o el albarán e informarte de las condiciones de garantía del establecimiento donde hayas comprado. 

En el caso en que necesites reclamar la garantía ponte en contacto con la tienda que te vendió el electrodoméstico y solicita la reparación o la sustitución, si ponen algún problema y no estás de acuerdo puedes solicitar una hoja de reclamaciones.  
 
En el caso en que el negocio donde compraste haya cerrado, como decíamos antes, te puedes dirigir al fabricante directamente.

 

martes, 15 de diciembre de 2020

DEFENSOR DEL PUEBLO

 ACTUACIONES ANTE LA PANDEMIA DE COVID 19

REFLEXIÓN FINAL. EN DEFENSA DE LOS FRÁGILES


Hasta aquí la relación de quejas y actuaciones realizadas con las distintas administraciones por el Defensor del Pueblo, en relación con los efectos de la covid durante el tiempo transcurrido de 2020.


En cualquier caso, todavía es pronto para hacer un balance completo y preciso del con ansiedad por el presente y desasosiego por el futuro.


Dos crisis casi sucesivas nos han azotado, la financiera de 2008 y la de la covid en 2020, separadas apenas por tres años de recuperación parcial, y han causado un daño devastador. Con la pandemia todo se hace desde un margen de incertidumbre importante: no hay experiencia, no hay antecedentes e incluso la ciencia se muestra vacilante.


Se está trabajando desde una búsqueda científica, entusiasta, que lucha por encontrar una rápida y estable salida de la pandemia. Pero esto es difícil; requiere tiempo, dedicación y acierto. Ya se anuncian en el horizonte vacunas que podrían iniciar el camino para acabar venciendo al virus. Esto genera un comprensible optimismo, pero debemos ser cautos y no relajar nuestro comportamiento en la lucha contra la pandemia que todavía persiste.


Hay que avanzar en una línea sometida a la verificación permanente. Y a la revisión que haga falta: sin miedo, sin dudas, con firmeza y, sobre todo, con humildad.


Pero la ciudadanía tiene miedo e incertidumbre, individual y social, ante el futuro. Los servicios públicos se desbordan y se tensan las redes de protección social ante las demandas masivas de supervivencia, pues resulta obvio que esta crisis no está siendo igual para todos.


El confinamiento establecido para luchar contra el virus ha tenido graves efectos sobre nuestra economía, pero sobre todo está arrasando a quienes ya se encontraban en una situación vulnerable. Las políticas utilizadas para luchar contra la crisis económica en la primera mitad de la pasada década, basadas en recortes del estado del bienestar, en el control del gasto y en el cumplimiento de los objetivos de déficit, empobrecieron a la población en situación más precaria.

A los trabajos precarios ya existentes se ha sumado ahora el aumento del paro, los ceses de actividad o la pérdida de empleo. También se ha hecho más visible la brecha digital y las diferencias habitacionales.


Las mujeres, que ya sufrían mayor riesgo de pobreza que los hombres antes de la crisis del coronavirus, pues tienen empleos más precarios, menores salarios y sufren más el desempleo, lo han visto incrementado. De alguna forma la pobreza está feminizada. Tener hijos o ser una familia monoparental aumenta este riesgo de pobreza severa. En estos meses, hemos podido ver largas filas de personas en busca de alimentos ante organizaciones sociales de ayuda.


En definitiva, todos estos factores se añaden a la delicada coyuntura anterior que ya vivían las personas en situación más vulnerable, por eso ahora es fundamental poner el foco en ellas. Aunque aún no existen datos exactos y completos que permitan cuantificar el impacto del virus en la pobreza, existen indicadores que ponen de manifiesto incrementos notables de ella.


Las conclusiones del informe que encargó el Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el impacto de la pandemia de covid en la pobreza afirmaba que «lo peor está por venir» por lo que cualquier fórmula para evitar que el mundo sufra un caos social por la pandemia pasa por contar con sistemas de protección social eficaces.


Cierto es que ahora, tanto en España como en Europa, las políticas que se están aplicando son claramente diferentes a las de la anterior crisis económica. Se caracterizan por su corte expansivo.


Así lo acreditan medidas como la introducción de los ERTE, la puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital, las distintas ayudas a pymes y a trabajadores o la limitación de desahucios y de cortes de servicios básicos, entre otras, que pueden contribuir a paliar los efectos de la covid, sobre todo en las personas más vulnerables. Pero para combatir el riesgo de pobreza y exclusión los poderes públicos deben perseverar en una continuada atención a las personas más vulnerables.


Resulta urgente seguir implementando medidas que blinden servicios públicos como la educación y la sanidad y refuercen la protección social, pues son fundamentales para paliar los efectos de la crisis socioeconómica que estamos sufriendo y evitar que nadie quede atrás. De no hacerse así la cifra de ciudadanos en situación de pobreza se enquistará y aumentará notablemente en España.


En conclusión, debemos aprovechar este momento para reorientar la economía en una dirección más sostenible desde el punto de vista de la justicia social. Y esta nueva orientación no puede esperar, los meses que vienen serán absolutamente decisivos porque habrá que elegir a qué sectores económicos apoyar y qué tipo de sistema de protección social queremos.


Las decisiones que se tomen hoy serán esenciales para afrontar en una determinada dirección estos problemas los próximos años.





LA VULNERABILIDAD DE LOS CONSUMIDORES EN EL SECTOR ELÉCTRICO

F. A. C. U.

El suministro eléctrico es un servicio de primera necesidad del que nadie puede prescindir para mantener una mínima calidad de vida, siendo una cuestión vital en caso de personas mayores, menores o que padezcan problemas de salud.

Este es un sector complejo para cualquier consumidor, lo que dificulta elegir adecuadamente entre las opciones del mercado (tipo de contrato, potencia, comercializadora, autoconsumo, etc.) la que mejor se ajuste a sus necesidades. Tampoco es fácil enfrentarse a las prácticas irregulares de las entidades que participan en el sistema.

Como usuarios, somos consumidores cautivos de un suministro básico para comprender cómo se fijan los precios; cómo optimizar la potencia; entender las ofertas –no siempre transparentes-; cómo lidiar con algunas prácticas más que cuestionables de las comercializadoras; afrontar imprevistas subidas de dudosa legalidad del precio de la energía; saber cómo y ante quien reclamar  cuando surge  problemas con la factura o con la lectura y el funcionamiento del contador… Estos son solo algunas complejas cuestiones a las que nos enfrentamos.

Por ello, es necesario que las organizaciones sociales y los organismos públicos pongamos a disposición de los consumidores toda la información necesaria para hacer que el sistema eléctrico sea comprensible y justo. Hay que facilitar el acceso a todas las herramientas necesarias que permitan elegir adecuadamente el tipo de servicio que mejor se ajuste a sus necesidades, así como para reclamar y denunciar las prácticas abusivas. Pero además, las asociaciones y los organismos públicos debemos denunciar, y en el caso de la administración, sancionar, las prácticas ilícitas que vulneren los derechos de los consumidores.

Si disponer de electricidad a un precio asequible es fundamental para cualquier persona, velar por los colectivos vulnerables es un deber para la sociedad y los Estados, que deben garantizar el acceso al suministro y no permitir su interrupción. Por eso, también es necesario que desde las organizaciones sociales y organismos públicos se apoye y se informe a los consumidores sobre su derecho a solicitar el bono social y cómo hacerlo. También hay         que facilitar las denuncias de las prácticas irregulares de algunas entidades y, en su caso, la insuficiencia de las medidas adoptadas para proteger a estos colectivos.




 

Federación Aragonesa Consumidores y Usuarios.

“CAMPAÑA MÁS QUE RISA, RIESGO”

Esta Campaña continúa para concienciar a los consumidores sobre las consecuencias de uso y consumo inadecuado de gases industriales y medicinales en actividades lúdicas. 

El objetivo de la campaña #MásQueRisaRiesgo, iniciada en 2019, es que el público en general, aunque con especial atención a los colectivos más implicados, sean conscientes de los peligros derivados de la manipulación de los gases de uso industrial o medicinal cuando se utilizan como entretenimiento, y no para los fines específicos a los que van destinados.

Esta segunda edición, persigue llegar al público joven, con vídeos cortos que serán difundidos a través de las redes sociales.

Es responsabilidad de todos, administraciones, medios de comunicación, operadores económicos y sociedad civil, ofrecer información veraz y completa sobre la forma en que deben de usarse los gases de modo seguro, sin caer en modas y superficialidades que, bajo el pretexto de ofrecer formas de “diversión inofensiva”, están promoviendo auténticas conductas de riesgo. 

«Tenemos que focalizar los esfuerzos en la formación de los jóvenes, al ser los Consumidores más expuestos a este tipo de malos usos y desconocer el alcance del riesgo al que se exponen cuando utilizan productos que solo están destinados a ser empleados por profesionales o bajo supervisión. No todo lo que está en el mercado va dirigido al consumidor, hay que tenerlo presente. Nunca nos cansaremos en CECU de apelar a la importancia del etiquetado y al consumo responsable. Un rato de risas no puede ser razón para menospreciar la salud o la seguridad.», Fernando Móner, presidente de CECU. 

Confederación Consumidores y Usuarios. CECU

Asociación de Fabricantes de Gases industriales y Medicinales. AFGIM 

Federación Aragonesa Consumidores y Usuarios. FACU.

lunes, 14 de diciembre de 2020

PRESTAMOS AVALADOS POR EL ESTADO PARA ARRENDATARIOS DE VIVIENDA HABITUAL

El día 2 de diciembre se publicó en el BOE la Orden que modifica los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados por el Estado para los arrendatarios de vivienda habitual. Orden TMA/1134/2020, de 30 de noviembre, por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/02/pdfs/BOE-A-2020-15395.pdf

DENTIX MODELO PARA DIRIGIR A LA ENTIDAD FINANCIERA

Estimado Sr., paso a contestarle y asesorarle sobre su reclamación relativa a Dentix. Después de pagar el tratamiento y tenerlo inconcluso usted puede exigir, bien la terminación del mismo o bien la devolución de la parte incumplida a la financiera con la que usted financiara el mismo. Le remito a continuación el modelo con el que dirigirse a la misma esperando respondan. MODELO PARA DIRIGIR A LA ENTIDAD FINANCIERA Entidad Financiera Departamento de Atención al Cliente Calle ……………………, nº ……… Localidad………………CP …………………… D. Dña. ……………………….. DNI nº ………………………... Calle ……………, nº …….., piso Localidad ……………..CP………. CP ……………………………. Muy Señores míos: Con motivo del cierre inesperado de la Clínica Dentix, ubicada en la localidad de ……………………….., en la calle …………………, nº ……., y tras haberse presentado concurso de acreedores, y suspendido la prestación del servicio, por medio de la presente carta, S O L I C I T O: poder terminar el tratamiento dental suscrito con Dentix en otra clínica dental o profesional especializado, y si esto no es posible, la anulación del contrato de financiación nº …………., vinculado al tratamiento odontológico suscrito con la mencionada mercantil, para realizar el tratamiento buco-dental al paciente D./ Dña. …………………………. (con Número de Plan de Tratamiento ………………………, Historial …………..) en fecha ……………………………., todo ello de conformidad con el artículo 29 de la Ley 16/2011 de 24 de junio de 2011 que incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2008/48/CE, relativa a los contratos de crédito al consumo, así como el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y con reserva de las acciones legales que me correspondan a la eventual indemnización de los daños y perjuicios producidos por el cumplimiento defectuoso o incumplimiento parcial o total de las obligaciones contraídas por Dentix. Datos identificativos del préstamo: • Nº identificativo del contrato (dato obligatorio) • Titular (dato obligatorio) • Fecha de suscripción: • Capital inicial: • Capital pendiente: • Número de cuotas abonadas • Número de cuotas pendientes de amortización Por todo lo anterior, les ruego atiendan mi petición, y se abstengan de emitir sucesivos recibos a partir del momento de la recepción del presente escrito, así como eventualmente, de incluir mis datos personales en ficheros de solvencia. Atentamente, En …………………….. a .…… de …………… de 20….

ALERTA

INFACU INFORMA. EL RINCÓN DEL CONSUMIDOR. 10 diciembre 2020 PICARESCA EN EL MUNDO DE LA INMOBILIARIAS TECNICAS ABUSIVAS DE LAS INMOBILIARIAS. 1-Algunas de ellas se hacen con la titularidad del propietario y le informan que su piso está siendo ocupado y siendo objetivo de posibles okupas y a raíz de ahí empiezan la labor de la negociación , a la baja , siempre, a ser posible. 2- Suelen acudir al Registro de la Propiedad, para ver si la casa que les interesa es fruto de una herencia o si el propietario está hipotecado. 3-Buscan proponer un precio a la baja de un 60 % inferior de partida, que pueden incrementar hasta un 20 %. Se centran especialmente en los fallos. Estas son algunas de las estrategias, que siendo lícitas suelen emplear algunas inmobiliarias , no dejan de ser abusivas. FACU. Federación Aragonesa Consumidores y Usuarios.

TASA ROSA - TASA AZUL

FACU Follwto Divulgat
ivo

TASA ROSA - TASA AZUL

FOLLETO DIVULGATIVO FACU

VENTA ON LINE CHAISE KONG

 

 INFACU

El Rincón del Consumidor

"VENTA ON LINE" 

El jue., 23 ene. 2020                19:22, mujer escribió:

El 21 de noviembre compré online un chaise Kong para el piso de mi madre y según indicaban lo iba a recibir en 5 semanas. El 20 de diciembre me indicaron que mi pedido se iba a retrasar sin ningún otro comentario.

Empecé a reclamar, enviar mensajes llamadas de teléfono (que me dirigían a una centralita).

Conseguí por fin el teléfono de la firma vendedora y me informaron que seguro el día 23 de enero les entraba en tienda. Hoy 23 de enero no les ha llegado, de siete que tenían que llegar solo les ha llegado uno y no era el mío. Os pido ayuda ya que por otros medios me he enterado que solo entran de mes en mes, estamos sentados en sillas y ya afecta hasta a la comunicación familiar ya que terminamos marchando a la cama donde es más cómodo. Pero aparte de eso ellos cobraron el primer día y no están cumpliendo nada de lo que prometen y aun así no veo más que anuncios y engaños en los medios de comunicación. Adjunto justificantes de mi compra por si pudieran ayudarme ya que me veo completamente indefensa en esta situación que nunca me había ocurrido. (si supieran alguna otra instancia a donde dirigirme les estaría muy agradecida)





Contestación: FACU

 

Estimada señora:

 En relación al asunto planteado, los derechos que le asisten son los siguientes:

1.- Derecho a conocer la identidad del vendedor. Usted la conoce

 2.- Derecho a conocer los gastos de envío, las condiciones y los plazos de entrega.

Tiene derecho a conocer cuáles son exactamente las condiciones de compra. La empresa comercial debe especificar de manera clara cuáles son las condiciones y plazo de entrega.

De no especificarse el plazo de entrega, el producto debe llegar al consumidor, o sea usted, en el plazo de 30 días y, en caso de que el vendedor, no pueda cumplir esta obligación estará obligado a enviarle una notificación como cliente para que pueda decidir si continúa o no con la compra.

En caso de producirse un retraso injustificado en la entrega, tiene derecho a la devolución del doble de la cuantía de la compra.

3.- Derecho a la protección de Datos.

 4.- Derecho a una compra segura.

 5.- Derecho a la devolución. Otro derecho que debe conocer es el de la devolución. Tras una compra, cuenta con 14 días para devolver el producto sin justificación alguna. Eso sí, en este caso será la empresa comercial quien tenga que hacerse cargo de los gastos de envío de la devolución.

Si el producto está dañado o no funciona correctamente, usted podrá solicitar la reparación del mismo o el cambio sin coste adicional.

Si la firma vendedora no admite devoluciones, debe quedar especificado de manera clara en su web.

 6.- Derecho a recibir atención personalizada.

 7.- Derecho a la garantía del producto.




lunes, 26 de octubre de 2020

-         -  Un informe de OCU y Salud por Derecho para No es Sano analiza la situación y el impacto de los desabastecimientos en España y en Europa.

-         -  Solo en España, los problemas de suministro se han duplicado de 2015 a 2019, afectando especialmente a fármacos para enfermedades cardiovasculares, infecciones y cánceres.

-         - El estudio denuncia la opacidad en torno a las verdaderas causas de los desabastecimientos que, en muchos casos, se deben a estrategias comerciales de la industria farmacéutica para presionar a los gobiernos al fijar los precios o para favorecer la entrada al mercado de fármacos más rentables.



20/10/2020. Los desabastecimientos de medicamentos han aumentado en los últimos años y son cada vez más recurrentes. Esta es una de las conclusiones del informe «El desabastecimiento y la escasez de medicamentos», elaborado por Salud por Derecho y OCU para la campaña No es Sano con datos de las agencias española (AEMPS) y europea (EMA) del medicamento. Solo en España, los problemas de suministro han aumentado de 700 casos en 2015 a 1650 en 2019, según la AEMPS.

El estudio afirma que los problemas de suministro afectan con más frecuencia a los medicamentos que tratan enfermedades cardiovasculares, infecciones, cánceres y los destinados a dolencias del sistema digestivo o enfermedades metabólicas, según los datos de la agencia española. Asimismo, las compañías que más casos reportaron en 2019 fueron Pfizer, Mylan y Sanofi, esta última también la primera del ranking en 2018. También subraya que no todos los problemas de suministro son iguales. Cuando hay una alternativa al fármaco no disponible, el impacto puede ser más leve, pero en muchos casos puede desembocar en graves problemas para los pacientes y el propio sistema.

Esta situación que se da a nivel global, no solo en España, está provocada en muchas ocasiones por la excesiva dependencia de un escaso número de productores de materias primas necesarias para la fabricación de los medicamentos, algo que se ha agudizado en la pandemia de la COVID-19. Sin embargo, recuerda el informe, el origen de los desabastecimientos va más allá. El mercado y las estrategias comerciales de las compañías farmacéuticas también están con frecuencia detrás de la escasez.

Los medicamentos con precios más bajos o menos rentables para las empresas suelen tener más problemas de suministro. En este sentido, es habitual que, como parte de su estrategia de negocio, las farmacéuticas retiren voluntariamente este tipo de fármacos del mercado para presionar a las autoridades en la negociación de precios o para favorecer la entrada de otros productos de mayor interés comercial para la empresa. Estas estrategias afectan especialmente a algunos medicamentos esenciales, como los genéricos para el cáncer o los antibióticos.

Sin embargo, denuncia el informe, existe una gran opacidad en torno a los motivos reales de los desabastecimientos. Un análisis realizado en 2014 en siete países europeos, incluido España, mostraba que en el 65% de los casos totales los laboratorios no explicaban los motivos. Esta falta de transparencia y el desconocimiento de los verdaderos factores dificultan mucho la puesta en marcha de estrategias de prevención y de gestión eficaces.

Los problemas de suministro tienen un impacto directo en los pacientes, ya que a la ansiedad y la preocupación que genera poder quedarse sin tratamiento hay que añadir el tiempo que invierten en buscar el fármaco desabastecido, los problemas derivados de la forma de administrar el medicamento alternativo, la aparición de otros efectos secundarios o un gasto económico adicional, ya sea porque la alternativa es más cara o porque no está financiada por el Sistema Nacional de Salud. OCU viene recogiendo situaciones concretas que ejemplifican las implicaciones que en muchos casos tiene para los pacientes.

El informe recoge, además, cuatro casos que ilustran la problemática. Uno de ellos es el de la adrenalina autoinyectable. Se trata de un tratamiento para reacciones alérgicas graves en niños y adultos. El laboratorio que comercializaba el autoinyextor Jext de 300 microgramos lo retiró del mercado cuando el Ministerio de Sanidad intentó bajar su precio de 42,09 a 35,81 euros.

También analiza el caso de los laboratorios Aspen, único comercializador de cinco medicamentos para el cáncer. En 2013, incrementó su precio un 4.000% en España. La negativa de Sanidad a aceptar este aumento excesivo tuvo como respuesta el fin de la comercialización y el consecuente desabastecimiento de estos fármacos.


Endurecer las sanciones

El estudio plantea medidas que pueden ponerse en marcha a nivel tanto español como europeo y que también recogen informes de instituciones comunitarias. Entre otras propuestas, en España, apuesta por endurecer las medidas recogidas en el Plan de garantías de abastecimiento de medicamentos contra las empresas que ya han tenido problemas de suministro anteriormente, así como el desarrollo de una política de sanciones para quienes incumplan los compromisos de suministro.

Además, aboga por garantizar la transparencia pública sobre los motivos de los desabastecimientos, así como impulsar estrategias de producción pública de medicamentos y terapias esenciales aprovechando los recursos propios del SNS. El estudio también reclama que los precios de los medicamentos se fijen a partir de los costes de fabricación e investigación, evitando así que la industria utilice los desabastecimientos como estrategia de presión para imponer precios abusivos.





FACTURACIÓN DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL

 Nuevos peajes de gas natural


El pasado 11 de enero de 2019, se aprobó el Real Decreto-ley 1/2019, en el que se asignaba a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, la competencia para establecer la metodología para el cálculo de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones gasistas.

En cumplimiento del mismo, la Comisión

 de los Mercados y de la Competencia (CNMC) aprobó, el 22 de julio de 2020, la Circular 6/2020, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural y, como consecuencia, la “Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación de octubre 2020 a septiembre 2021”, por la que establecen los nuevos peajes correspondientes a la regasificación y al transporte y distribución de gas natural, que son aplicables desde el 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021 a todos los consumidores.

En lo que afecta a los consumidores domésticos, normalmente con consumos pequeños, los nuevos valores a aplicar, antes de impuestos, para las tarifas 3.1 y 3.2 son los siguientes:


Orden Ministerial que modifica el cálculo de la Tarifa TUR de gas natural

Por otra parte, y como consecuencia de este cambio de metodología en el cálculo de los peajes, el Gobierno ha modificado la metodología de cálculo de la Tarifa de último Recurso (TUR), para adaptarla a la nueva normativa de peajes y poder incluir en la misma las primas resultantes de las subastas de capacidad y las primas de las descargas de buques.

Estas modificaciones se han recogido en la “Orden TED/902/2020, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, con objeto de su adaptación a la nueva estructura de peajes del sistema gasista”


Nuevos valores de la tarifa TUR de gas natural

Por último, se ha publicado la “Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural”, para recoger los nuevos valores de peajes aprobados por la CNMC y al menor coste de la materia prima (-8,8%).

 

Es decir, la TUR T1 (consumo <= 5.000 kWh/año) baja un 2,4% y la TUR T2 (consumo >5.000 kWh/año y <50.000 kWh/año) baja un 5,5%.

Estos nuevos valores son aplicables a partir del 1 de octubre de 2020.